lunes, 11 de mayo de 2015

Actividad 4.1.Sociedad de la información y educación por competencias

Actividad 4.1.

Sociedad de la información y educación por competencias:

 

                                        2 Educación primaria A
                                        Alberto Sanz Núñez
                                        Raquel Berruga Arteseros




Índice:
1. Origen del discurso/paradigma de la educación por competencias y su relación con la sociedad  de la información.                                                                   
2. ¿Cómo se ha ido incorporando la educación por competencias en nuestra legislación educativa?
3. Bibliografía.









1.Explica el origen del discurso/paradigma de la educación por competencias y su relación con la sociedad de la información.
Para comenzar con este documento es necesario tener clara la idea de competencia, ¿qué es una competencia?
El origen del término competencia está ligado al mundo laboral y surge con la intención de suceder al término “cualificación”. El motivo de este cambio se debe a la necesidad de modificar una formación descontextualizada por otra más flexible que capacite al individuo en un progresivo proceso de aprender a aprender, adaptándose de esta manera a diferentes y complejas situaciones con eficacia.

Tras establecer y dejar claro el término de competencia pasamos a establecer un orden cronológico de la evolución histórica del término de competencia en lo que respecta a la educación:

Conferencia Mundial de Jomtien
1990
Proyecto DeSeCo
1996-2006
Proyecto Cheers
1997
Declaración de Bolonia
1999
Foro mundial sobre la educación de Dakar
2000
Cumbre extraordinaria del consejo de Europa que se llevó a cabo en Lisboa
2000
Proyecto tuning
2003
Programa de Trabajo “Educación y Formación”
2010

-          Conferencia Mundial de Jomtien: dicha conferencia fue promovida por la UNESCO  en el año 1990, del 5 al 9 de Marzo en Jomtien (Tailandia). En esta conferencia se juntaron los delegados de 155 países  y 150 representantes de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, éstos acordaron en dicha conferencia hacer que la enseñanza primaria fuera accesible a todos los niños y reducir masivamente el analfabetismo antes de finales del decenio. Es decir, decidieron que la enseñanza debería ser universal y debería ser un derecho humano.

-          Proyecto DeSeCo: a finales de la década de los 90, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) lanzó el proyecto DeSeCo (Definition and Selection of Competencies). Su objetivo era proporcionar un marco conceptual sólido que estableciese los objetivos que debía alcanzar cualquier sistema educativo que pretendiera fomentar la educación a lo largo de toda la vida.
El proyecto trataba de dar respuesta a la siguiente cuestión: ¿qué competencias personales se consideran imprescindibles para poder afrontar los retos de la sociedad del S. XXI?
DeSeCo afirma que las competencias básicas son como un conjunto complejo de conocimientos, habilidades, actitudes, valores, emociones y motivaciones que cada individuo o grupo pone en acción en un contexto concreto para hacer frente a las demandas peculiares de cada situación.

De este modo, DeSeCo establece tres grandes categorías de competencias:
o   Uso interactivo de diferentes herramientas: usar lenguaje, los símbolos y el texto; utilizar el conocimiento y la información; usar la tecnología.
o   Interacción social en grupos heterogéneos: relacionarse bien con los demás, habilidad para cooperar o trabajar en equipo, gestionar y resolver conflictos, ser capaz de desenvolverse en sociedades cada vez más diversas y pluralistas, de empatizar y ponerse en el lugar de los demás, de manejar las propias emociones y de promover el capital social.
o   Autonomía: actuar dentro del contexto más grande, formar y poner en práctica planes de vida y proyectos personales, defender y afirmar los propios derechos, intereses, límites y necesidades.

-          Proyecto Cheers: un grupo de investigadores de once países europeos y Japón pusieron en marcha en 1997 el proyecto CHEERS (Career after Higher Education: a European Research Study), que ha cristalizado cuatro años después en una base de datos con las respuestas de más de 40.000 encuestas, con una amplia presencia de información sobre España.

Los cinco grandes objetivos de este proyecto son:
o   Proporcionar, por primera vez, una visión comparativa sólida del empleo y la transición laboral de los graduados en las universidades europeas.
o   Analizar los cambios recientes en el empleo y la transición laboral de los universitarios, así como los nuevos retos que se les presentan.
o   Analizar el impacto de la educación superior, incluida la estructura curricular y los planes de estudio, sobre el empleo y el trabajo de los graduados.
o   Contribuir a la mejora metodológica de las explicaciones de la relación entre educación superior y empleo.
o   Servir como fundamento de una base de datos europea sobre el empleo de los graduados.

-          Declaración de Bolonia: se crea gracias a la reunión de los ministros de educación europeos, los cuales decidieron que una de sus medidas más significativas fuese la implantación de un sistema de créditos como medio adecuado para promocionar una más amplia movilidad estudiantil. Los créditos se pueden obtener tanto fuera como dentro de las instituciones de educación superior, incluyendo la experiencia adquirida durante la vida, siempre que esté reconocida por las Universidades receptoras involucradas.


-          Foro mundial sobre la educación de Dakar: es un documento creado por la UNESCO. Está muy ligado a la declaración de Jomtien, ya que se tratan muchos aspectos de ésta declaración, así como los avances conseguidos desde su implantación. Uno de los objetivos del foro mundial sobre la educación de Dakar es: dar a la educación primaria un carácter gratuito y universal, de tal manera que todos estén al alcance de ella. Además de este gran objetivo, se propusieron medidas como ayudar a los profesores, evaluar los logros del aprendizaje, etc.


-          Cumbre extraordinaria del consejo de Europa que se llevó a cabo en Lisboa: es creada por el consejo europeo con el fin de crear una economía competitiva y lograr el pleno empleo en el año 2010. Se decide introducir un nuevo modelo político, pretende seguir con los procesos anteriores, pero al nuevo modelo se le denomina nuevo método abierto de coordinación.


-          Proyecto tuning: es fruto de los objetivos de la declaración de Bolonia. Algunas de las instituciones de educación superior decidieron sumarse al reto y desarrollar, de manera conjunta, el proyecto tuning. Este proyecto pretende transmitir la idea de que las universidades no tratan de armonizar sus programas de titulación, ni ningún tipo de planes de estudios europeos unificados, obligatorios o definitivos, sino simplemente fijar puntos de referencia, convergencia y comprensión mutua.


-          Programa de Trabajo “Educación y Formación”: creado por el Consejo europeo de Barcelona, el consejo de educación junto con la comisión decidieron elaborar un calendario en el cual se pondría en práctica lo acordado, como por ejemplo, asegurarse de que todos tendrían acceso a las TIC, la igualdad de oportunidades e igualdad social.

En cuanto a la relación de este paradigma con la sociedad de la información podemos destacar que todos los documentos citados anteriormente proponen una mejora de la educación. Todos ellos están encaminados hacia la búsqueda de fórmulas para mejorar la educación en nuestro país.
Las competencias se empiezan a visualizar en el decreto LOE (2006), aunque se produce una modificación de dicho decreto y pasa a ser LOMCE, con lo cual las competencias quedan establecidas de la siguiente manera:

LOE
LOMCE
Competencia en comunicación lingüística
Comunicación lingüística
Competencia matemática
Competencia matemática de ciencias y Tecnología
Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico

Tratamiento de la información y competencia digital
Competencia digital
Competencia Social y Ciudadana
Competencia social y cívica
Competencia Cultural y Artística
Conciencia y expresiones culturales
Competencia para aprender a aprender
Aprender a aprender
Autonomía e iniciativa personal


Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.

La sociedad de la información nos permite estar perfectamente comunicados con el resto del mundo, de manera que las competencias deben de ser el camino por el que los alumnos pueden acceder a esta sociedad de la información así como al uso de las TIC como recurso didáctico.

Gracias a las competencias los alumnos pueden aprender sobre todo lo que les rodea diariamente, es decir, pueden atender con facilidad a las necesidades del ámbito educativo, así como, posteriormente a las necesidades del ámbito laboral. De este modo, conseguiremos formar a alumnos que tengan su propio criterio a la hora de valorar los diferentes aspectos de su entorno, así como saber aplicar todo lo aprendido a la vida real.

La educación está al servicio de la sociedad, y, puesto que ésta está en continuo cambio, la educación y la escuela deberá estarlo también.
2. ¿Cómo se ha ido incorporando la educación por competencias en nuestra legislación educativa?

En el mundo en que vivimos estamos acostumbrados a enormes y continuas transformaciones sociales  políticas y culturales, lo que  a su vez implica numerosos cambios en la manera de educar.
Por parte de la sociedad, cada vez somos más exigentes en cuanto al sistema educativo, damos una mayor importancia a competencias y demandas sociales no como en tiempos pasados dando cierta prioridad a la mera transmisión de contenidos o conceptos teóricos.
Estas enormes transformaciones que hemos sufrido es lo que da origen a gran cantidad de competencias  con el fin de mejorar desde la educación básica hasta la educación postobligatoria pasando por las enseñanzas de régimen especial y la educación de personas adultas. Estas llamadas competencias tienen un papel importantísimo ya que son un elemento curricular más, al igual que metodologías, objetivos, criterios de evaluación y contenidos.
Podemos distinguir entre competencias básicas las cuales podemos aplicar a todas las materias  (la comunicación, la resolución de problemas, el razonamiento, el liderazgo, la creatividad, la motivación, el trabajo en equipo, la capacidad de aprender y la competencia metacognitiva o capacidad para comprender y controlar el pensamiento propio y los procesos de aprendizaje) y competencias especificas que tienen una relación directa con una materia en concreto.
La UNESCO hace unos 25-30 años ya definió 4 pilares troncales de lo  que sería la educación del siglo XXI.
Las competencias se establecen por primera vez en la LOE (2006). Atendiendo a la propuesta de la UE el currículo español  distingue 8 competencias clave que con el paso de los años han sido modificadas o sustituidas.
En la actualidad con la LOMCE(2013)  en cambio podemos distinguir 7 competencias con las cuales se pretende incrementar una mejora del sistema educativo. Esta mejora es debida al análisis de los resultados de las evaluaciones como a su vez la repercusión de las nuevas metodologías activas que rompen o sustituyen a las más tradicionales.
Con las competencias clave de la LOMCE pretendemos que el alumno aprenda de una manera mucho más práctica con el objetivo de que pueda desenvolverse en su vida cotidiana enfrentándose a los problemas del día a día a la vez que goce de la capacidad de aplicar los contenidos más teóricos a su vida cotidiana. Con todo esto conseguiremos mejorar la cultura, formación del alumnado y daremos un crecimiento cuantitativo a sus posibilidades formativas, ya sean en el ámbito laboral o personal.

Bibliografia
Lopez.FJ. (2010). Una educación por competencias para una sociedad del sigo XXI. Innovación y experiencias educativas, 33, 1-16.
Cortés,A. (2014). El nuevo currículo lomce y el trabajo por competencias. Forum Aragon, 12, 30-33
Valle,J. (2013). Competencias clave como tendencia de la política educativa supranacional de la Unión Europea. Revista de educación, 12-33.

Fiske,E. (2000) Informe final.

Consejo económico y social. (2001) La estrategia europea de empleo. Recuperado de http://www.ces.es/documents/INF/2001/01



Consejo de la unión europea. (2004) "EDUCACIÓN Y FORMACIÓN 2010" - URGEN LAS REFORMAS PARA CORONAR CON ÉXITO LA ESTRATEGIA DE LISBOA. Bruselas. Recuperado de http://register.consilium.europa.eu/doc/srv?l=ES&f=ST%206905%202004%20INIT



lunes, 20 de abril de 2015

Relaciones entre familia y escuela.

ACTIVIDAD                2.1:
RELACIONES ENTRE FAMILIA Y ESCUELA





            Alberto Sanz Núñez                       

1. Cambios en la familia
 
La unidad familiar ha sufrido un enorme cambio en los últimos años. En la antigüedad se educaba en un clima muy autoritario, con cantidad de restricciones lo que provoca que hoy en día se eduque basándose en una mayor libertad lo que provoca en algunas ocasiones cierta incertidumbre a la hora de educar a las nuevas generaciones ya que las inquietudes, los problemas y la sociedad en general han cambiado notablemente.
En la sociedad actual debido a la incorporación de la mujer al mundo laboral, el aumento de los horarios de los trabajadores y la incompatibilidad de horarios han hecho que los padres pierdan mucho contacto con la educación de sus hijos.
Se le da menor importancia a la educación de sus hijos, a la transmisión de unos determinados valores etc, y dejan caer prácticamente todo el peso de la educación y formación de sus hijos en la institución escolar, dando una gran importancia a la labor de los docentes lo que provoca también una mayor presión sobre éstos ya que visto así, ellos son prácticamente los únicos responsables de la formación de nuestros menores.
En la actualidad podemos distinguir diversos tipos de familias, familia familista caracterizada por su unido núcleo familiar, familia conflictiva caracterizada por normas restrictivas, normas fijas, familia nominal en la que no se afrontan a los problemas, y por ultimo familia adaptativa o familia moderna que se caracteriza por el buen ambiente familiar y el intercambio de opiniones, muy buenas comunicación familiar.


2. Cambios en la escuela

Los enormes cambios que se han producido en la  escuela no han sido lo suficientemente bien acogidos por algunos docentes ya que no han sido educados en este clima por lo que les cuesta adaptarse a los nuevos métodos, a las nuevas formas de educar. Por ejemplo muchas de esas labores que hoy en día tiene el maestro, en la antigüedad correspondía a las familias.
Los maestros no ven recompensada su enorme labor, ya que cada vez tienen mayor responsabilidad, aumentan sus deberes, esfuerzo el cual no es recompensado de ningún manera, todo lo contrario, están en todo momento en el punto de mira de nuestra sociedad.
Con la extensión de la escolaridad obligatoria en mi opinión no disminuye el nivel, sino  todo lo contrario, conseguimos una sociedad mejor preparada, con una formación, la cual unos posteriormente continuaran dicha formación académica mientras que otros tantos no, pero viene bien esta idea de alargar esos años ya que muchos abandonaban los estudios a edad muy temprana sin tener apenas formación y disminuyendo su abanico de posibilidades.
 
3. Relaciones entre familia y escuela

Los padres deberían de intentar compatibilizar ambos ámbitos (familiar y laboral), a la vez que es participe de su jornada laboral ,tener una mayor incidencia en la educación de sus hijos, transmitiendo unos valores, y ayudándoles en todo momento a ir formándose como ciudadanos y adquiriendo unos valores y unos conocimientos propios de su desarrollo.
Dejando al margen  el trabajo que realicen en el hogar con los niños deben implicarse también en labores del centro, hecho que como hemos nombrado anteriormente en la actualidad se ha perdido por completo. Algunos padres, los menos, acuden al centro para tener reuniones periódicas con el tutor mientras que una gran minoría participa en las actividades del centro, favoreciendo el buen desarrollo de sus hijos.
Esto es algo que reclaman también los docentes, la falta de interés y de colaboración por parte de las familias, algo que favorecería notablemente el buen desarrollo del alumnado y ayudaría, mejoraría y a la vez complementaria la práctica docente liberando a su vez a este de ciertas presiones sociales.


BIBLIOGRAFÍA
Feito, R. (2010).Las razones de un desencuentro. Familias y escuela. Educación y Futuro, 22,87-107
Hernández, M,Angeles., López, H. (2006).Análisis del enfoque actual de la cooperación padres y escuela. Aula Abierta, 87,3-26
                                                                             




                                                          Alberto  Sanz Núñez

martes, 24 de marzo de 2015

ACTIVIDAD 1.4


 

 
ACTIVIDAD 1.4
 

 

 

 

ALBERTO SANZ NUÑEZ
ALBA PICAZO BROX
EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
MAGISTERIO EDUCACIÓN PRIMARIA
23/03/2015

ÍNDICE

 

 

 

1.      La jerarquía de las distintas leyes en España y en qué radica las diferencias entre ella            3

2.      La estructura de las leyes en España…………………………………………….3

3.      El proceso de elaboración de las leyes (proceso legislativo)………………….…4

4.      Políticas públicas y política educativa. Cómo analizar la política educativa…….7

5.      Referencias Bibliográficas…………………………………………………...........8

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1.      JERARQUÍA DE LAS LEYES EN ESPAÑA.

El principio de jerarquía de las distintas leyes en España  se basa en que debe establecerse una jerarquía de normas. Como podemos ver en el código civil carecerán de validez las disposiciones que contradigan otras de rango superior, ante dos normas de igual rango la posterior en el tiempo deroga siempre la norma de rango superior y por ultimo una ley especial prevalece frente  a una ley general.

La jerarquía de normas se organizara de la siguiente manera:

El primer lugar siguiendo la constitución, norma suprema del ordenamiento jurídico español que regula la interrelación entre las diferentes normas.

Los tratados internacionales en los que se incluye los derechos de la unión europea y otros reglamentos internacionales.

Las leyes promulgadas por las cortes (parlamento y senado) que se dividen en leyes orgánicas y leyes ordinarias.

El real decreto de ley y real decreto administrativo.

Leyes y reglamentos de comunidades autónomas.

2.      LA ESTRUCTURA DE LAS LEYES.

La estructura de las leyes depende de la longitud de la ley. Se dividen para que sean más comprensibles y para facilitar a la persona que las lea su interpretación  y aplicación. La ley se divide en:

Título: Para titular una ley en España en primer lugar se hace constar la palabra “ley”, en mayúscula, a continuación el número ordinal que le corresponda de manera consecutiva, una barra separadora y después el año correspondiente ( por ejemplo la Ley 3/2008), finalmente, después de otra coma, el título de la ley que debe indicar brevemente el contenido de la misma.

 La parte expositiva: el preámbulo o exposición de motivos: pone de manifiesto los objetivos de la ley, explica qué pretende regular la ley y las razones que mueven al legislador a regularlo.

La parte dispositiva. Se divide en:

Libros: se utilizan para las leyes muy extensas y tienen cierto carácter excepcional. Se numeran en números ordinales y se titulan

Títulos : se utilizan también exclusivamente para leyes muy extensas o de gran importancia institucional.

Capítulos: son directamente una subdivisión de una ley o, en el caso de que la ley estuviese dividida en títulos, una división de los títulos.

Secciones: son una subdivisión de los capítulos.

Artículos: son las unidades básicas de la ley y cada uno de ellos trata un concepto o aspecto normativo único.

Apartados: los artículos pueden subdividirse en apartados numerados con números cardinales.

Letras: son las subdivisiones de los apartados o directamente de los artículos.

La parte final de la ley: está integrada en la parte dispositiva, por lo tanto tiene el mismo valor normativo que los artículos.

 

3.       EL PROCESO DE ELABORACIÓN DE LAS LEYES (PROCESO LEGISLATIVO).

Siguiendo al Senado de España, podemos definir el proceso legislativo como el conjunto de trámites que sigue un proyecto o proposición de ley que se desarrolla en el Congreso de los Diputados y en el Senado.

El procedimiento legislativo ordinario cuenta con tres fases básicas: 

 

1.       Fase inicial

Consiste en la presentación de una iniciativa legislativa que se denomina, dependiendo de quién sea su autor, “proyecto de ley” si su autor es el Gobierno o “proposición de ley” si su autor es el Congreso, el Senado, una Comunidad Autónoma o 500.000 ciudadanos.


Aunque lo habitual es que los proyectos de ley del Gobierno y las proposiciones de ley sean presentadas en el Congreso de los Diputados, es también posible que las proposiciones de ley se presenten en el Senado.

2.       Fase constitutiva.

La fase constitutiva, también denominada central, es la parte destinada a determinar el contenido de la futura ley, lo que se hace a través de sucesivas deliberaciones y votaciones, que tienen lugar en las Cámaras.


En el Congreso pueden distinguirse las siguientes fases básicas:

  1. Remisión por la Mesa a la Comisión competente, publicación y apertura del plazo de presentación de enmiendas.
  2. Primera lectura y votación en el Pleno en el caso de que se hayan presentado enmiendas a la totalidad.
  3. Reunión de la Ponencia y emisión de informe con su propuesta, que puede incluir variaciones en el texto.
  4. Debate y votación en la Comisión competente, que termina con la aprobación de un dictamen que también puede suponer variaciones respecto al texto inicial.
  5. Presentación de votos particulares para su defensa ante el Pleno (enmiendas no aceptadas por la Comisión).
  6. Debate y votación en Pleno, con la consiguiente posibilidad de nuevas modificaciones.
  7. Remisión del texto aprobado por el Presidente del Congreso al Senado.

 

En el Senado se sigue un procedimiento parecido, pero siempre limitado por el plazo de dos meses que establece la Constitución y que se acorta a tan solo veinte días en los proyectos declarados urgentes: 

 

  1. Se dispone la publicación del texto recibido del Congreso y la Mesa del Senado decide la Comisión legislativa competente para su tramitación
  2. En caso de presentarse enmiendas o propuestas de vetos, la Comisión competente puede designar una Ponencia para que elabore el informe, pudiendo prescindir de este trámite si no lo ve justificado.
  3. Debate en la Comisión competente dentro de los quince días siguientes.
  4. Aprobado el Dictamen de la Comisión, se abre un plazo de un día para que los Senadores puedan presentar, a través de sus votos particulares, propuestas alternativas al Dictamen de la mayoría.
  5. Debate y votación en Pleno antes de que transcurra el plazo constitucional.
  6. Se exige mayoría absoluta para la aprobación de un veto. Si se produce tal aprobación, que implica un rechazo a la totalidad, ya no se justifica continuar con el resto del Dictamen, y el Presidente del Senado, en consecuencia, da por concluido el debate sobre el proyecto, comunicándoselo así a los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Gobierno. Si, en cambio, la propuesta de veto es rechazada, se ponen a discusión los votos particulares al articulado, siguiendo su orden.


Concluido el plazo de mantenimiento de los votos particulares, la presentación de propuestas de modificación del Dictamen de la Comisión se sujeta a reglas estrictas.


Si el Senado no aprueba un veto ni introduce ninguna enmienda al texto remitido por el Congreso de los Diputados, éste se remite al Presidente del Gobierno para la correspondiente sanción real.


Si el Senado introdujera veto o enmienda, el texto ha de volver, junto con un mensaje motivado, al Congreso de los Diputados para su eventual ratificación.

 

3.  Fase final.

La fase final consiste en la sanción, promulgación y publicación de la ley. Como bien dice el artículo 91 de la Constitución: “El Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes Generales, y las promulgará y ordenará su inmediata publicación“.

 

4.      POLÍTICAS PÚBLICAS Y POLÍTICA EDUCATIVA. CÓMO ANALIZAR LA POLÍTICA EDUCATIVA.

Las políticas públicas son el producto del sistema político. Son el resultado de transformar recursos normativos, humanos, financieros y tecnológicos para obtener servicios, productos, y atención a la ciudadanía.

Las Políticas públicas serán pues el conjunto de objetivos acciones y decisiones que realeza un gobierno para dar solución a los problemas considerados más importantes por él y sus ciudadanos.

Por otro lado, la política educativa se trata de las acciones del Estado en relación a las prácticas educativas que atraviesan la totalidad social y dicho en términos sustantivos, del modo a través del cual el Estado resuelve la producción, distribución y aprobación de conocimientos y reconocimientos.

Por la tanto, la política educativa es la acción del Estado sobre la educación sistemática restringe una concepción de educación permanente como derecho inalienable de todos los ciudadanos a lo largo de la vida.

“Es el conjunto de leyes, decretos, disposiciones, reglamentos y resoluciones, que conforman la doctrina pedagógica de un país y fijan así mismo los objetivos de esta y los procedimientos necesarios para alcanzarlas”.

Acuerdos básicos  sobre los que existe total consenso de la política educativa:

1.       Derecho a la educación.

2.       Derecho a la personalidad humana respecto a los principios democráticos y de los derechos y libertades fundamentales.

3.       Gratuidad y  obligatoriedad de la educación básica.

4.       Inspección y homologación del sistema educativo por los poderes públicos para garantizar el cumplimiento de las leyes.

5.       Autonomía de las universidades.

 

En los últimos estados de conocimiento, los investigadores del consejo Mexicano de Investigación Educativa detectaron los siguientes vacios en la literatura existente sobre la política educativa:

A principios de la década de los ochenta, la política educativa, como proceso político, aparecía como una gran “incógnita”.

Dentro del campo de la política educativa había un tema que sobresalía: la descentralización.

El modelo preponderante de análisis de políticas considera la acción de solo dos actores (Secretaria de Educación pública y Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación) y empieza a ser “disfuncional”. Por ello, en el futuro, habría que ampliar la mirada y estudiar a los sujetos de la sociedad civil.

 

5.      REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS. (Normas APA).

 

Bonal, X. (1998). La política educativa: dimensiones de un proceso de transformación. Políticas públicas en España (pp. 153 -175). Barcelona: Arial, S.A.

 Constitución Española (1978). En BOE de 29 de diciembre de 1978. Recuperado de: http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229 (20/03/2015)

García, M. C. (2009). Lección 2: La jerarquía de las normas de la Constitución. Recuperado de http://roble.pntic.mec.es/cgar0136/TEMA%202%20La%20jerarqu%EDa%20de%20las%20normas%20en%20la%20Constituci%F3n%20%20-1%AA-.pdf (20/03/2015)

  I.E.S. Heliópolis. La jerarquía de las normas en la Constitución. Recuperado de: http://roble.pntic.mec.es/cgar0136/TEMA%202%20La%20jerarqu%EDa%20de%20las%20normas%20en%20la%20Constituci%F3n%20%20-1%AA-.pdf (20/03/2015)

 Página web del Senado de España. (2014).Procedimiento legislativo ordinario. Recuperado de: http://www.senado.es/web/conocersenado/temasclave/procedimientosparlamentarios/detalle/index.html?id=PROCLEGORD (20/03/2015)

  Pau i Vall, F. (2009). La estructura de las leyes en España. Revista debate, 7(16), 12-20

 Pau i Vall, F. (2009). La estructura de las Leyes en España. Revista Debate, (16), 12-20



 Senado de España (2014). Procedimiento legislativo ordinario. Recuperado de: http://www.senado.es/web/conocersenado/temasclave/procedimientosparlamentarios/detalle/index.html?id=PROCLEGORD (20/03/2015).